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miércoles, 16 de diciembre de 2009

POR EL INTERES GENERAL EL PAI DE LA SRA-9 Y SUS ANEXOS

Como unas veces ocurre, el orden del día del pleno de mañana día 17 de diciembre, no se encuentra disponible en la página WEB Municipal. Otras veces después de estar, deja de estarlo.
En parte resolutiva del orden del día figura el siguiente punto nº 3:
Solicitud del agente urbanizador provisional del PAI del sector SRA-9 Corral de la Marquesa II, de suelo urbanizable residencial, y de la UE-33B y la UE41-A de suelo urbano residencial que se deje sin efecto el programa:
¿Cómo nos afecta a los vecinos de las urbanizaciones del ENTORNO PARQUE DE SAN VICENTE si se deja sin efecto el programa?
Entre otras cuestiones supone el aplazamiento “sine die” de la construcción del acceso desde la CV-25 a todas estas urbanizaciones.
Cabe preguntar a los responsables técnicos y políticos del Ayuntamiento: ¿Qué es más prioritario en términos del “INTERÉS GENERAL”: L
a ejecución de la rotonda en el cruce Cami de Sarafeig - Ctra. El Regalón, o por el contrario, ejecutar el tramo desde la rotonda hasta el vial de la Vereda de Bétera? Por cierto vial ya ejecutado y con cargo a los propietarios de la UE-38 Puig i Lis.
Con esto se daría cumplimiento a lo requerido por la Consellería de Infraestructuras y Transportes, División de Carreteras sobre la viabilidad viaria desde la CV-25. (El estudio de tráfico y movilidad viaria en los sectores SRA-9, UE-33a, UE-41ª de Llíria-Valencia-fue realizado en 2006 por CPS Ingenieros Obra Civil y Medio Ambiente S.L.
El trazado se modificó con tramitación reglamentaria por los servicios técnicos municipales con objeto de suavizar la curva, lo que podría entenderse como “POR EL BIEN GENERAL”. Ahora bien, al parecer dicho cambio en el trazado lo lleva a discurrir por la parcela nº 10 de propiedad municipal, la que se dice que se rellenado con determinados restos de las obras de la UE-38.
¿Podría pensar alguien lo de "toma la parcela que ya está rellena, ejecuta el acceso que de la retasación ya hablaremos?

Si las partidas presupuestarias y sus recursos se mueven en bien del “INTERÉS GENERAL”, ¿es posible que puedan moverse los 230.713,20 € del planE desde “Rotonda acceso urbanizaciones Entorn de Sant Vicent” a “Accesos urbanizaciones Entorn de Sant Vicent”?. Se aprovecha el cartel borrando la palabra "Rotonda", se reubica al nuevo escenario y la misma empresa hace la obra.
ALGUNAS PREGUNTAS:
¿Están suficientemente defendidos los intereses de los vecinos de las urbanizaciones?
¿Viene el asunto ya resuelto al pleno desde la comisión de urbanismo, como suele ser habitual por otra parte?
El momento y el lugar mañana día 17 a las 7 de la tarde en el edificio “Ca la Vila” Salón de Plenarios
ALGO DE HISTORIA
DOGV: 4819 del 13.08.2004
Información pública del programa de actuación integrada para el desarrollo del sector SRA-9 «Corral de la Marquesa 2», la UE-33 A y la UE-41 A de Llíria. [2004/8288]
Pleno del MI Ayuntamiento de Llíria, día 19 de junio de dos mil ocho en sesión ordinaria.
Acta Pág. 20 y s.
Punto 4.- .Aprobación del Texto Refundido del Plan Parcial de Mejora del sector SRA-9-Corral de la Marquesa-II.
Ejecución a cargo del agente urbanizador (Primer Grupo Proyectos Inmobiliarios, S.L., sucesora de Covival, S.L., agente urbanizador provisional de este sector) del acceso a las urbanizaciones del noreste desde la rotonda de la CV 25 conexión norte con ronda de El Prat según dictamen de la Consellería de Infraestructuras y Transportes, División de Carreteras.
Al objeto de priorizar la bendición al PAI que nos ocupa, en el mismo pleno se argumenta:
… “Por otro lado, hay que tener en cuenta que este sector SRA-9 deriva de un convenio urbanístico aprobado por el Ayuntamiento en el año 1993, por lo que no tiene sentido diferirlo al décimo lugar en el desarrollo territorial, cuando por el tiempo transcurrido debiera ser uno de los primeros, y menos aún por detrás de sectores de suelo industrial y terciario que no están vinculados para nada con éste con cuanto a la ejecución de infraestructuras comunes”.
Y se añade:
“Por el contrario, el desarrollo de este sector permitirá ejecutar obras de infraestructura de acceso viario desde la CV-25-Llíria-Marines, de abastecimiento de agua potable y de saneamiento, que son fundamentales e inaplazables para las unidades de ejecución en suelo urbano de su entorno: UE 39-Corral de la Marquesa, UE-33-A y B-Verger de Sant Miquel, UE-38-Puig i Lis, etc.”…

Una pregunta de última hora:
¿Pueden las AIU solicitar al MI. Ayuntamiento de Llíria que se dejen sin efecto sus programas?
¿Pueden hacerlo aún en el caso de haber cedido sus derechos de urbanizador a terceros con el “vist i plau” del Ayuntamiento?
La respuesta en: Noticies de Llíria núm 1 desembre-gener pag 4 AMIGU RESPONDE

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